Indecopi calificó como una barrera ilegal la ordenanza de la municipalidad de Barranco que prohibía la publicidad de comida chatarra cerca de colegios.
En el marco de la ordenanza 448-MDB de la municipalidad de Barranco, en la que se prohíbe la exhibición de avisos que promuevan el consumo de alimentos altos en azúcares, grasas y sal, a menos de 100 metros de instituciones educativas, el Indecopi se pronunció y afirmó que el reglamento constituye una barrera ilegal.
Dicho declaración se emitió a través del diario oficial El Peruano, mediante la resolución 0362-2019-SEL. En el documento, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) asegura que la normativa propuesta por la municipalidad de Barranco contraviene con una ordenanza general de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la cual regula la ubicación de anuncios y avisos publicitarios en la capital del país.
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Por otro lado, el instituto afirmó que su decisión no pretende desproteger la alimentación saludable de los escolares, pues este objetivo se está logrando mediante los “Lineamientos para la promoción y protección de la alimentación saludable en las instituciones educativas públicas y privadas de la educación básica”, aprobados mediante Resolución Ministerial 195-2019/Minsa.
Esta resolución incluye la capacitación a los escolares para leer y comprender las advertencias publicitarias, mejor conocidas como octógonos negros, de los alimentos procesados. Cabe destacar que dichos distintivos aparecieron desde el 17 de junio del presente año, y apenas en julio, según una encuesta realizada por Kantar, el 67% de los peruanos ya había reducido o reemplazado el consumo de productos con octógonos.
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