La firma aseguró que “inició y concluyó de manera voluntaria la regularización del etiquetado” que pidió el Indecopi.
Este martes, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) multó con casi 2 millones de soles a la empresa San Fernando por etiquetar de manera incorrecta ocho productos alimenticios.
La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 indicó que los productos “hamburguesa casera de pollo”, “paté de pollo”, “jamonada de pollo” y “apanado de pollo”, contaban con etiquetas cuya denominación no reflejaba su verdadera naturaleza, es decir, su etiqueta indicaba que eran a base de pollo, pero entre sus componentes también figuraban la carne y grasa de cerdo, piel de pollo y carne de pavo.
Asimismo, el organismo impuso otra multa a San Fernando por no señalar el nombre completo del producto en la cara de visualización principal respecto de los siguientes productos: “hamburguesa súper de carne”, “hamburguesa súper de pollo”, “apanado de carne” y “hamburguesa casera de carne”.
La compañía se pronunció al respecto con un comunicado donde señaló que “el mencionado procedimiento se refiere a que algunos de los textos no se encontraban en la parte delantera del empaque, estando en el lado reverso, y otros cuya etiqueta no era correcta. Cabe mencionar que los productos en cuestión son 8 de los más de 500 que conforman nuestra gama de oferta”.
“San Fernando inició y concluyó de manera voluntaria la regularización del etiquetado de los productos en cuestión según las consideraciones de Indecopi, no encontrándose en este momento en el mercado ningún producto observado”, agregaron.
“Enfatizamos que la calidad y sanidad de los productos en materia -ni de ninguno de nuestros productos- ha sido cuestionada, las mismas que están garantizadas por nuestros rigurosos sistemas de calidad y por las certificaciones internacionales que mantenemos totalmente vigentes”, concluye San Fernando en su comunicado.
Cabe señalar que la empresa presentó un recurso de apelación para que la decisión de la comisión en primera instancia sea revisada por la Sala Especializada de Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi.
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