La entidad tributaria considera que los influencers son una fuente generadora de renta, tomando en cuenta que, entre 2016 y el 2018, se estima que S/ 50 millones no fueron declarados.
El medio digital no solo se ha convertido en una nueva ventana para las marcas, este también ha requerido de personas que se especialicen en nuevas tareas y profesiones, como los desarrolladores web, los gestores de redes sociales y los influencers, siendo estos últimos aquellos que, como consecuencia de su actividad en una o varias redes sociales, adquieren popularidad y reconocimiento, por lo que pueden influir y crear tendencias en un gran número de sus seguidores.
Sin embargo, al tratarse de una labor que lleva poco tiempo en acción, no se había logrado elaborar, hasta el momento, una normativa o regulación que permitiese a ciertas entidades fiscalizar este tipo de trabajos. En el Perú, los primero pasos han sido dados por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), que ha tomado la iniciativa de presentar la pre-publicación de una guía sobre la publicidad digital, abriendo un debate sobre las sanciones para estos profesionales del canal digital y para las empresas que los contratan.
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En este contexto, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), ha considerado que los influencers son una fuente generadora de renta, tomando en cuenta que, entre 2016 y el 2018, se estima que S/ 50 millones no fueron declarados como renta, por parte de estos profesionales de las redes sociales. De esta manera, se ha iniciado un proceso de orientación para evitar la evasión tributaria de los mismos, que según la entidad se acercan a un grupo de casi 200 influenciadores.
Por su parte, estos ingresos percibidos por los generadores de contenido son, en su mayoría, de origen extranjero, ya que plataformas como YouTube “monetizan” sus videos agregándoles publicidad, otorgándoles un pago al influencer, de acuerdo al número de usuarios que ven la pieza publicitaria. De esta manera, se estaría generando renta de tercera categoría por fuente extranjera, gravable en el Perú.
En el caso de aquellos influencers extranjeros, cuyo contenido sea visto por peruanos, también pasarán a ser fiscalizados por la SUNAT, puesto que dichos ingresos provendrían de fuente peruana, concepto gravable para la institución fiscalizadora, debido a que se trata de la prestación de un servicio en el país, un planteamiento que hasta ahora, ha sido cuestionado por especialistas. De esta manera, la SUNAT verificará dicha información a través del cruce de información con YouTube, registrando qué videos son vistos por peruanos, trabajando de forma focalizada.
Esta propuesta de fiscalización nace ante lo que podría ser considerado un irrespeto al principio de equidad, pues de no fiscalizar a este grupo de profesionales, estos contarían con beneficios tributarios sobre el resto de los contribuyentes. Se estima que entre el 2016 y 2018, momento en el que no se fiscalizaban correctamente esta actividad, alrededor del 40% de los influencers habría cometido infracciones tributarias, incluyendo no declarar sus ingresos. Estos, habrían intentado deducir alrededor de S/ 2 millones como gastos, pese a que los mismos no tenían conexión alguna con su negocio, siendo meramente compras personales.
De acuerdo a el intendente nacional de estrategias y riesgos de Sunat, Palmer de la Cruz, los influencers generan renta en plataformas digitales debido a su cantidad de seguidores, sea por venta de productos, monetización de sus videos o por promoción pagada, es decir, generan renta de tercera categoría, gravada con una tasa de hasta 29.5%, tal cual lo haría una empresas.
En el caso de aquellos que aleguen generar una renta de cuarta categoría (8%), solo se podrá considerar aquellos que recién están empezando sus actividades y no la realicen de manera habitual.
Por otra parte, la institución tributaria ha indicado que hasta los momentos su actitud ha sido de orientación hacia estas nuevas regulaciones, buscando generar conciencia en los contribuyentes y no solo fiscalizar luego de un incumplimiento. Hasta ahora, se han realizado aproximadamente 30 reuniones con influencers, para informarles acerca de sus obligaciones tributarias, brindándoles un periodo de “cambio de comportamiento”, equivalente a un periodo de gracia, que concluiría en el mes de diciembre.
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