Para combatir el “greenwashing”, la entidad aplicará multas que superarán los 3 millones de soles. Además, Indecopi informó de casos de publicidad medioambiental fraudulenta en bolsas y empaques biodegradables.
El cuidado del medio ambiente es uno de los criterios de responsabilidad empresarial más exigidos por los consumidores. Si bien muchas compañías y marcas apuestan por tomar medidas al respecto, a veces solo se trata de discursos que esperan conseguir el llamado ‘greenwashing’. Para combatir este fenómeno, el Indecopi publicó la versión previa del proyecto de su “guía sobre publicidad medioambiental”. Este pretende mejorar los estándares nacionales para la publicidad verde. Conoce los criterios.
La entidad establece algunos requisitos. La publicidad verde (amigable con el medio ambiente) deberá ser sustentada en evidencia obtenida previamente a su difusión. Lo que incluye ser publicada y fácilmente corroborable por los consumidores. Además, debe haberse obtenido utilizando métodos científicos. La medida aplica a toda la cadena productiva del producto o servicio.
Medidas para no incurrir en publicidad medioambiental engañosa
Una referencia importante de Indecopi es la prohibición de afirmaciones “vagas”. Para la publicidad, debe evitarse el uso de imágenes, colores y afirmaciones de carácter general. Es decir, que no precisen los beneficios específicos del producto o servicio promocionado. Las alegaciones falsas sobre atributos medioambientales son consideradan engaño.
Indecopi también señala acciones “greenwashing” que sucedieron en el país. Algunos casos fueron de bolsas biodegradables, empaques biodegradables y pinturas que dijeron ser óptimas para el medio ambiente. Atribuir características verdes a productos resulta un engaño, según la institución. Por ello las multas ascenderán hasta los S/ 3,465,000.
“(Las sanciones) consisten en la aplicación de multas que podrán ascender hasta las 700 UIT, sin que esta supere el 10% de los ingresos brutos percibidos por el infractor, relativos a todas sus actividades económicas correspondientes al ejercicio inmediato anterior al de la expedición de la resolución”, señala Indecopi. Accede al documento completo aquí.








