El convenio entre ambas compañías, anunciado en 2021, pone en la palestra el debate sobre si este tipo de resoluciones le compete a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) o al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT)
La fusión entre AT&T y Discovery con miras a crear un nuevo “gigante de contenidos de streaming” genera los debates entre organismos reguladores. Específicamente la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), de México, se pelean por atender este tipo de resoluciones.
En este 2022 debe consumarse la unión entre ambas compañías. Por el momento será Cofece quien resolvería el caso. Sin embargo, el Instituto a cargo de Adolfo Cuevas ya reclamó ante Tribunales especializados la remisión del tema, pues considera que el mercado de streaming es de su competencia.
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Los especialistas en competencia económica coinciden en que la falta de claridad para determinar qué mercados le corresponde regular a cada organismo proviene de la misma reforma en materia de telecomunicaciones que se promulgó en 2013 para crear al IFT, quien está a cargo de vigilar que haya competencia en la radiodifusión, las telecomunicaciones y otorgar concesiones.
Lucía Ojeda, socia en la firma mexicana SAI Derecho & Economía y experta en competencia económica, dijo que “desde que se hizo la reforma, los abogados tenían la preocupación de que había situaciones que no eran fáciles de delimitar. Los temas de telecomunicaciones son muy amplios y es ahí donde debemos desmembrar qué tipos de actividades son propiamente de ese sector y la ley no lo establece con mucha claridad. Por ejemplo, la publicidad parecería que es de Cofece pero también hay publicidad en los medios de comunicación y estos temas le tocarían al IFT”.
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Para los especialistas consultados, el caso de la fusión entre el operador de telecomunicaciones y la compañía de contenidos audiovisuales debe ser analizado por ambos órganos autónomos.
“Debería de haber una concurrencia, es decir, que las dos autoridades puedan autorizar los casos. Claro que ya a la hora de tomar determinaciones, si encuentran que hay un daño concreto en algún mercado o que se tenga que poner alguna condición específica, dependiendo la naturaleza de esa condición, resultaría más claro quién tiene facultades para imponer esa condición”, explica Elena Estavillo, excomisonada del IFT.