El 15 de marzo se celebra el Día Mundial de los Derechos de los Consumidores, fecha que conmemora todas las acciones que asisten a las personas como usuarios o consumidores.
Cada 15 de marzo se celebra el Día Mundial de los Derechos de los Consumidores, fecha que conmemora las acciones que asisten a las personas como usuarios o consumidores. En la actualidad, la efeméride establecida en 1983 toma relevancia en un mercado que ha crecido y ofrece mayor variedad de productos y servicios, pues más que nunca, el público requiere de mayor seguridad legal en todo el proceso de compra.
De acuerdo con el informe “El perfil del consumidor en el Perú urbano”, elaborado por Indecopi en el 2017, tres de cada diez consumidores (28.8%) reportaron problemas de consumo que lo hicieron pensar en presentar reclamos en el año 2015. Sin embargo, solo la mitad (51%) llegó a presentar un reclamo. Entre las razones destaca sobre cobros, mala atención, defectos del producto adquirido e incumplimiento del servicio.
Aunque la cantidad de consumidores pensaron en presentar un reclamo es poco más del cuarto, las compañías deben comprender que ningún llamado de los clientes es pequeño, pues en medio del auge de las redes sociales, lo que antes era un asunto entre una persona y una marca, ahora es un problema de dominio público que puede dañar seriamente la reputación de la empresa.
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El Perú y la protección al consumidor
Indecopi, el organismo encargado de proteger al consumidor, asegura que entre sus principales derechos se encuentra:
1.- Derecho a recibir un producto o servicio apropiado y adecuado
2.- Derecho a una protección eficaz
3.- Derecho a acceder a información oportuna, suficiente y veraz
4- Derecho a la protección contra métodos comerciales abusivos
5.-Derecho a un trato justo y equitativo en toda compra de un producto o contratación de un servicio
6.- Derecho a la reparación o reposición de un producto
7.- Derecho a una indemnización por daños o perjuicios
8.- Derecho a elegir libremente
9.- Derecho a ser escuchados de manera individual o colectiva
10.- Derecho al pago anticipado o prepago de saldos en toda operación de crédito
De estos derechos se desprenden algunas de las leyes o normativas que señalaremos a continuación:
Ley de protección de datos personales
Desde el año 1995, la Unión Europea (UE) cuenta con un marco normativo de protección de datos personales. El Perú, al igual que otros países de la región, tomó de base esta legislación para promulgar en el 2011 la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales.
Con este marco normativo se busca que el usuario tenga control sobre su información personal y decida, por ejemplo, qué empresa puede enviarle publicidad, ya que el consentimiento es la base de cualquier relación comercial.
Para reforzar esta ley se han lanzado medidas como el Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 29571, código de Protección y Defensa del Consumidor, en el que se prohíbe que las empresas ofrezcan productos y servicios a través de llamadas telefónicas sin consentimiento previo de los usuarios.
Sin embargo, algunas empresas continúan cayendo en esta falta. Durante el 2021, Indecopi registró 136 denuncias por infringir la Ley de Protección de Datos.
Ley de Octógonos
La Ley N° 30021, Ley de alimentación saludable –más conocida como Ley de octógonos- fue publicada en el 2013 y entró en vigencia a partir del 17 de junio del 2019. Establece el etiquetado de advertencia en los alimentos procesados, más conocidos como octógonos, para indicarle al consumidor el exceso de cuatro sustancias: grasas saturadas, grasas trans, azúcar y sodio.
El octógono debe ser de color negro y estar visible en toda la comunicación del producto, lo que incluye al empaque y a la publicidad.
De acuerdo con la Asociación de Bebidas y Refrescos Sin Alcohol del Perú (Abresa), la medida logró que la participación de bebidas con contenido de azúcar mayor a 6 gramos se reduzca de 80% en el 2018 a 55% en el 2020. Asimismo, hizo posible que el volumen vendido de productos con menos de 6 gramos de azúcar sea de 45%.
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Ley de medicamentos genéricos
A través del Decreto Supremo N° 026-2019-SA publicado en el Diario Oficial El Peruano el 2019, el Gobierno ordenó que todas las farmacias y boticas en el país, incluidas las que están dentro de las clínicas, deben contar con una lista de 31 medicamentos genéricos prioritarios disponibles para vender al público.
Estos medicamentos atienden enfermedades respiratorias, diabetes, hipertensión arterial, salud mental, infecciones por hongos, asma y diabetes, entre otros, basados en las enfermedades más frecuentes que padecen los peruanos.
Los establecimientos de salud públicos o privados donde no se receten los medicamentos genéricos en Denominación Común Internacional (DCI) serán multados hasta con S/ 430.000 (100 UIT), de acuerdo con la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud).
