COVID-19. Ya se han presentado casos en los que los colaboradores han dado positivo a la prueba de coronavirus, por lo que las empresas que han retomado sus operaciones, deben saber qué protocolo seguir.
COVID-19. El pasado 15 de marzo, el presidente de la República, Martín Vizcarra, decretó el Estado Emergencia Nacional y el aislamiento social obligatorio que ahora se extenderá hasta el 12 de abril, esto significó que sólo pudieran seguir acudiendo a sus centros de labores los trabajadores que se desempeñaban en empresas ligadas a artículos de primera necesidad como bodegas, supermercados, farmacias y bancos.
Sin embargo, estas personas también son propensas a contagiarse de coronavirus, lo que ya ha sucedido, pues el 22 de marzo, Backus informó que dos trabajadores de la planta cervecera de Ate dieron positivo a la prueba de COVID-19, igualmente, Hipermercados Tottus manifestó a través de su cuenta Twitter que uno de sus trabajadores de San Miguel dio positivo a coronavirus, y recientemente, Metro anunció que un colaborador de la tienda de El Retablo dio positivo a COVID-19. Ante esto, ¿qué protocolo deben seguir las empresas en caso de sospecha de infección?
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¿Qué pasa si un trabajador tiene covid-19 en Perú?
De acuerdo con un informe de APOYO Comunicación sobre las pautas para una comunicación responsable en estos tiempos de crisis, la empresa debe seguir tres pasos:
1. Se le debe indicar al colaborador que se comunique con la línea gratuita 113 del MINSA, escribir al número de Whatsapp 952842623 o enviar un correo a infosalud@minsa.gob.pe para que se active el protocolo de evaluación. Si los síntomas son asociados a signos de gravedad, debe llamar al 106 (SAMU), 117 (STAE) o al servicio de ambulancia para su traslado inmediato.
Asimismo, la PCM ha lanzado la aplicación “PerúEnTusManos – Detén el avance del COVID19” que sirve para hacer una autoevaluación de descarte.
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2. Si la evaluación da positivo, la empresa debe dar al colaborador la licencia denominada “Suspensión imperfecta de labores” y asegurarse que se siga el protocolo del MINSA.
Cabe destacar que la confidencialidad sobre el diagnóstico es fundamental, ya que el revelar información personal conlleva a un daño moral y psicológico del colaborador que, además puede recibir una sanción desde 21,500 hasta 215,000 soles, según el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
3. Si el colaborador da positivo a la prueba de COVID-19, lo recomendable es que sea el CEO, el vocero oficial que realice la comunicación a la empresa de manera transparente y proactiva. Algunas preguntas clave a resolver son:
– ¿Qué medidas preventivas tomará la empresa respecto al resto de colaboradores?
– ¿Qué medidas preventivas tomará la empresa respecto al espacio de trabajo?
– ¿Cómo van a ayudar a la persona contagiada?
A medida que se siga el procedimiento, la empresa puede aplicar la modalidad de teletrabajo como medida preventiva considerando las precisiones de la Ley 30036.
¿Si un trabajador tiene covid qué se hace?, es una de las tantas consultas que tienen los empresarios en medio de esta pandemia y que de alguna manera quedan resueltas.
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