La plataforma buscó impedir la inscripción al considerar que podía generar asociación con su marca. Sin embargo, el Indecopi determinó que las diferencias entre las actividades comerciales y la construcción de ambos signos resultaban suficientes para su coexistencia.
Las disputas por marcas suelen poner a prueba los límites entre la protección de la propiedad intelectual y el derecho de las nuevas empresas a construir una identidad propia en el mercado. Cuando dos signos comparten elementos similares, las autoridades deben analizar no solo sus denominaciones, sino también el contexto comercial en el que operan.
Ese escenario enfrentó a TikTok Ltd. y a la compañía peruana Sometimes Perú S.A. en un procedimiento administrativo que llegó a segunda instancia en el Indecopi. La controversia se originó a partir de una solicitud de registro presentada en 2024 para la marca «TOK TOK ¿QUIÉN ES?», vinculada a actividades de comercialización de productos dirigidos al público infantil.
Por qué Indecopi rechazó la oposición de TikTok
La controversia comenzó cuando Sometimes Perú solicitó el registro de la marca «TOK TOK ¿QUIÉN ES?» dentro de la clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza. Tras conocer el pedido, TikTok presentó una oposición formal al considerar que el signo podía generar una asociación indebida con su marca.
Durante el procedimiento, Indecopi analizó aspectos habituales en este tipo de casos, entre ellos la similitud visual, fonética y conceptual de ambos signos, así como los servicios que cada uno identifica en el mercado.
Uno de los factores más relevantes fue la naturaleza de las actividades comerciales desarrolladas por ambas partes. Aunque las marcas se encontraban dentro de la misma clasificación internacional, la autoridad concluyó que no estaban orientadas al mismo público ni perseguían objetivos comerciales equivalentes.
Asimismo, el organismo observó que la propuesta presentada por Sometimes Perú incorporaba elementos gráficos y compositivos que contribuían a diferenciarla de TikTok, reduciendo el riesgo de confusión entre los consumidores.
Con base en estos criterios, Indecopi confirmó el registro de «TOK TOK ¿QUIÉN ES?» a favor de Sometimes Perú S.A. mediante la Resolución N.° 0485-2026/TPI-INDECOPI, rechazando la oposición presentada por la plataforma tecnológica.








