Indecopi multó a Nestlé con 45.76 (UIT) y, además, le ordenó el cese definitivo e inmediato de la difusión de la publicidad engañosa.
Las sopas instantáneas de Maggi no contienen de manera proporcional los ingredientes a los que aluden sus empaques, de acuerdo con Indecopi. El 2 de octubre, la Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) del Tribunal del Indecopi emitió la Resolución n.° 0145-2023/SDC-INDECOPI, en la cual por unanimidad confirmó la denuncia colectiva presentada por Acurea – Asociación de Consumidores y Usuarios de la Región Ancash hacia Nestlé Marcas Perú SAC por haber incurrido en actos de engaño contra los consumidores en cuatro de sus productos alimenticios, así se le impuso una sanción de 45.76 (UIT). Además, se ordenó el cese definitivo e inmediato de la difusión de la publicidad engañosa.
Los productos en cuestión, «Sopa Pollo con Fideos», «Sopa Pollo con Arroz», «Sopa Pollo con Letras» y «Crema de Hongos», fueron objeto de análisis detallado por parte de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal. Se concluyó que la publicidad en los empaques daba a entender que contenían ingredientes principales en mayores proporciones de lo que realmente tenían, lo cual se consideró como publicidad engañosa.
«Sopa Pollo con Fideos», «Sopa Pollo con Arroz», «Sopa Pollo con Letras» cuentan con, según sus empaques, carne de pollo, perejil, cúrcuma y cilantro como ingredientes principales. Sin embargo, Indecopi indicó que estas sopas instantáneas poseen un 0.4% de carne de pollo y 0.5% de perejil, cúrcuma y cilantro (juntos) respecto del 100% del total. Asimismo, el “Crema de hongos” cuenta con “un 4% de hongos y 1.4% de cebolla y, según el orden de aparición de los ingredientes, una ínfima cantidad de cúrcuma, respecto del 100% del producto total”.


La Resolución también considera los argumentos presentados por Nestlé en su escrito de descargos, donde la compañía sostenía que la interpretación de Acurea se basaba en un análisis parcial de las frases e imágenes presentes en los empaques, y que el mensaje global transmitido era que se trataba de mezclas deshidratadas.
Sin embargo, la Comisión determinó que la información presentada en los empaques tenía un peso significativo en la percepción de los consumidores sobre los ingredientes principales de los productos. Se resaltó que la referencia a los ingredientes tenía una presencia destacada, lo que inducía a los consumidores a pensar que estos eran los elementos predominantes en los productos.
La Comisión también enfatizó que la información en la parte posterior del empaque no forma parte de la publicidad y no modifica el mensaje transmitido en la cara frontal.
Finalmente, la sanción impuesta a Nestlé fue calculada tomando en cuenta el beneficio económico obtenido por la publicidad engañosa y un factor de disuasión, resultando en multas específicas para cada producto en cuestión.
La Resolución también ordenó a Nestlé el cese inmediato de la difusión de la publicidad engañosa en los empaques de los productos mencionados, así como la participación de Acurea en el 40% de las multas impuestas a la compañía. Asimismo, se condenó a Nestlé al pago de las costas y costos incurridos por Acurea en el proceso.
La respuesta de Nestlé
Mercado Negro se puso en contacto con representantes de Nestlé para obtener su perspectiva sobre el caso. En respuesta, la compañía indicó que Indecopi ha resuelto sobre empaques antiguos de productos que ya no se encuentran en circulación en el mercado.
“Nestlé es respetuosa de todas las leyes y normas locales en todos los países en los que opera. Todos nuestros productos cumplen con la legislación vigente, nacional e internacional, incluyendo las normas y regulaciones de Etiquetado de Alimentos.
Por ello, de cara a la resolución 0145-2023/SDC-INDECOPI emitida por INDECOPI, queremos aclarar que la entidad ha resuelto sobre empaques antiguos de productos que ya no se encuentran en circulación en el mercado. Y que NESTLÉ, por decisión propia, hace más de un año realizó el cambio en los textos frontales de estos productos y que actualmente el consumidor puede encontrarlos en los distintos puntos de venta bajo las presentaciones: “Crema Sabor Hongos” y “Sopa Sabor pollo con fideos”.
Lamentamos mucho que el fallo de INDECOPI no haya tomado en cuenta las evidencias presentadas por parte de Nestlé con relación a los cambios al etiquetado frontal de sus empaques y que la resolución recientemente emitida pueda generar confusión en nuestros consumidores.
Finalmente, queremos aclarar a nuestros consumidores que, si bien la resolución solicita el cese definitivo e inmediato de la difusión de la publicidad en el empaque de nuestros productos, se refiere a empaques de productos que actualmente NO se encuentran en ningún punto de venta y en ese sentido, no corresponde ninguna acción de parte de Nestlé.
Asimismo, recalcamos que esta resolución hace referencia exclusivamente al empaque, más no a los ingredientes o la calidad de nuestros productos”, expresaron desde Nestlé.

