El nuevo código se extiende a toda comunicación digital, excluyendo por completo a los menores de edad en su publicidad.
Los fabricantes y comercializadores formales de bebidas alcohólicas del país suscribieron el Código de ética y Autorregulación en Materia de Publicidad, Comercialización y Comportamiento Comercial, que establece nuevos controles para las actividades no estipuladas en la legislación actual.
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Las empresas que se han suscrito a este nuevo código son las más importantes en la fabricación y comercio de bebidas alcohólicas, que están agrupadas en el Gremio de Importadores y Comerciantes de Vinos, Licores y otras bebidas de la Cámara de Comercio de Lima, y los comités de Vino, Pisco y Cerveza de la Sociedad Nacional de Industrias.
“Es la primera vez que el 100% de las empresas fabricantes y comercializadoras formales de bebidas alcohólicas firman y aceptan por consenso un código que busca promover la autorregulación en el comercio de bebidas alcohólicas en el país de una manera ética y responsable”, comenta Salvador López Cano, presidente del Gremio de Importadores y Comerciantes de Vinos, Licores y otras bebidas de la CCL.
El nuevo código de ética establece que los mensajes publicitarios no podrán contener apelaciones que bajo cualquier forma de dirijan a los adolescentes o a personas que estén debajo de la edad legal para adquirir bebidas alcohólicas. La publicidad no deberá transmitirse a través de personajes, clima, contenido, música u otros elementos, mensajes dirigidos a menores de 18 años o referirse a ellos.
Además, queda prohibido el uso de figuras del mundo artístico, deportivo, cultural, social o cualquier otro sector. También está prohibido pautear publicidad de bebidas alcohólicas en programas de radio, televisión, cine, publicaciones o eventos dirigidos a los menores de edad.
Los modelos en la publicidad audiovisual deben tener por lo menos 25 años de edad, y debe evitarse que se vistan o maquillen de su edad, sin aparentar menores de 25.
Una de las novedades más importantes de este Código es que aborda todo el ámbito de la publicidad digital, algo que la ley vigente no contempla. Al respecto, el Código establece que toda publicidad digital deberá contar con la frase mandatoria “TOMAR BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN EXCESO ES DAÑINO”, de manera legible, y también obliga a colocar, al inicio de toda campaña, el mensaje: “El siguiente material contiene publicidad de bebida alcohólica: No debe accederse si es menor de 18 años. Informe su fecha de nacimiento: Día, mes, año”. La información deberá ser escrita por el potencial usuario y el sistema generara un bloqueo automático, si el mecanismo lo permite.
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