La medida se establece en el Decreto Supremo 016-2022, que también amplía el Estado de Emergencia Nacional por 32 días. Asimismo, se mantendrá vigente la verificación con carnet de vacunación con las dosis completas para poder ingresar a espacios cerrados
Los negocios y establecimientos comerciales podrán tener sus aforos al 100% de la capacidad. Esto luego que el gobierno peruano anunciara la derogación de la restricción a la cantidad de personas que pueden permanecer en espacios cerrados.
El Decreto Supremo 016-2022, en el que se amplía el Estado de Emergencia Nacional por 32 días y que rige desde este lunes 28 de febrero, establece que las restricciones de aforo por Niveles de Alerta ya no se encuentran descritas, lo que indica que se elimina por completo el tope de aforo para todo tipo de espacios al aire libre y cerrados.
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Esta noticia había sido asomada por el ministro de Salud, Hernán Condori, quien en la sesión de Consejo de Ministros del 23 de febrero, planteó el incremento de la capacidad al 100%. Todavía se encuentran vigentes las medidas de distanciamiento y bioseguridad, a fin de mantener una higiene debida y que evite la propagación del virus.
También se mantendrá vigente la verificación con carnet de vacunación con las dosis completas para poder entrar a los espacios cerrados y las actividades al aire libre. Esta disposición complementa la anulación del toque de queda, con lo que los negocios ahora podrán volver a operar al tope de horas y al tope de capacidad.
La flexibilización de la medida está ceñida a la disminución del impacto de la tercera ola y la alta tasa de vacunación, los diversos gremios empresariales solicitaron la habilitación del total de aforos.
Entre las medidas que se mantendrán figura la obligatoriedad del uso de una mascarilla KN95 o dos simples quirúrgicas en espacios públicos abiertos y cerrados, y la suspensión de desfiles, fiestas y todas las reuniones que impliquen aglomeración de personas.