El Congreso aprobó un proyecto para exonerar del Impuesto General a las Ventas (IGV) a productos de consumo básico, medida que entrará en vigor desde el 1 de mayo hasta el 31 de diciembre del presente año.
El Congreso de Perú aprobó un proyecto que tiene por objetivo exonerar del Impuesto General a las Ventas (IGV) a algunos productos de la canasta básica familiar hasta diciembre de este año. La intención es hacer frente al alza de precios que se ha venido experimentando en el mercado peruano durante los últimos meses.
De acuerdo con el texto legal, la exoneración se enfocará en la importación o venta interna de varios productos de consumo básico como pollo, huevo, leche, harina de trigo, fideos, azúcar, además de otros productos cárnicos.
Así, según la información reseñada en el diario El Comercio, la norma también tiene como objetivo crear un mecanismo de uso y devolución del crédito fiscal del impuesto general a las ventas acumulado que hubiere gravado la adquisición de las materias primas e insumos y otros productos o servicios utilizados en el proceso productivo de los alimentos que se exoneran por la presente ley.
De existir saldo acumulado de crédito fiscal no utilizado, el titular podrá solicitar la devolución ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), cada tres meses y por un monto mínimo de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
En el anuncio se detalla que la presente ley entrará en vigor a partir del 1 de mayo hasta el 31 de diciembre de 2022.
Cabe señalar que el texto que se aprobó en el Congreso dejó de lado la propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en el cual se pedía una exoneración solo de tres meses con dos condiciones, una inflación mayor a 6% y que los productos incidan en más de 0.12 puntos porcentuales.