Tras la oficialización de la medida bajo Decreto Supremo, especialistas advirtieron que una mala implementación del pago de sueldos por billeteras digitales podría derivar en sanciones de Sunafil y conflictos con los trabajadores.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el reglamento de la Ley N° 32413, norma que habilita el uso de billeteras digitales — como Yape y Plin — para el pago de remuneraciones y otros beneficios laborales. Sin embargo, este método inaugura una nueva zona de fiscalización.
Si bien la medida permite que las remuneraciones se abonen a través de cuentas de dinero electrónico, se deben de cumplir estándares de seguridad y transparencia en el marco de un acuerdo libre entre empleador y trabajador. El hito en la modernización del sistema de pagos en el Perú podría representar una serie de riesgos que deberán ser observados por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
La nueva zona de fiscalización de la Sunafil
De acuerdo con Jimmy Huatuco, jefe de proyectos de Buk Perú, el empleador deberá demostrar que hubo consentimiento informado y que el medio de pago de remuneraciones laborales está autorizado por la SBS. En ese sentido, destacó que no basta con que se transfiera el dinero vía billetera digital, sino que el pago debe ser trazable.

El especialista destacó que el reto está en pasar de la informalidad digital a una gestión rigurosa como la bancaria. Y es que, según el reglamento aprobado por el MEF, las billeteras digitales deben estar vinculadas a cuentas supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Huatuco indicó que este cambio debe de verse como una oportunidad para fortalecer la relación entre empresa y colaborador. Desde una perspectiva organizacional, la opción de pagar haberes mediante Yape y Plin representa un cambio que puede facilitar la inclusión financiera y flexibilidad operatividad. Sin embargo, también exige revisar procesos internos de gestión de pagos y cumplimiento normativo.
Guía rápida de la nueva norma
La nueva norma permite pagar sueldos, gratificaciones y otros beneficios mediante billeteras digitales autorizadas, tanto en el sector público como en el privado, siempre que exista un acuerdo previo con el trabajador. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este mecanismo no reemplaza a las cuentas bancarias tradicionales, sino que constituye una alternativa voluntaria pensada especialmente para trabajadores no bancarizados.

Como señala Huatuco, la inclusión financiera no puede lograrse a costa de los derechos laborales; por ello, la tecnología debe adaptarse a la ley y no al revés, garantizando siempre la protección del trabajador. Por otro lado, la norma prohíbe obligar al trabajador a utilizar una billetera específica, así como omitir el registro y respaldo de los pagos realizados o emplear plataformas que no estén supervisadas por la SBS.
Entre los errores más frecuentes que pueden generar multas se encuentran no documentar la elección del trabajador, no verificar que la billetera esté debidamente autorizada, no integrar estos pagos al sistema de planillas y no conservar los comprobantes digitales correspondientes.







