A través de un decreto supremo, el Gobierno amplió el plazo hasta el 31 de diciembre del 2022. En la norma legal también se señala que, en seis meses, el Ministerio de Salud emitirá un informe sobre la evolución del cumplimiento del uso del rotulado en la etiqueta con las advertencias publicitarias que correspondan.
En la víspera, el Gobierno publicó en la Edición Extraordinaria de las Normas Legales el Decreto Supremo Nº 005-2022-SA que amplía hasta el 31 de diciembre del 2022 el plazo que permite a los productos importados el uso de adhesivos con las advertencias publicitarias dispuestas en el Manual de Advertencias Publicitarias.
También se amplió hasta el 31 de diciembre del 2022 el plazo que permite a las micro y pequeñas empresas el uso de adhesivos con las advertencias publicitarias.
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El decreto supremo indica también que en el plazo máximo de seis meses el Ministerio de Salud, con participación de los diversos sectores y entidades públicas, emitirá un informe sobre la evolución del cumplimiento del uso del rotulado en forma indeleble en la etiqueta con las advertencias publicitarias que correspondan
La norma legal lleva las firmas del presidente de la República, Pedro Castillo; el titular de la PCM; y los ministros de Comercio Exterior, Midagri, Midis, Economía, Educación, Producción y Salud.
Cabe recordar que, en la víspera, el titular del Minsa, Hernán Condori, fue censurado por el Congreso.