Adams podría ser multada hasta con 700 UIT, que es equivalente a 3.010 millones de soles, por incumplir con el principio de adecuación social
Las marcas siempre aprovechan algún acontecimiento o hecho que ha sido tendencia para hacer publicidad de sus productos o servicios. En ese sentido, Adams, empresa dedicada a la venta de ropa, dio a conocer una promoción a partir de un suceso en el mundo del espectáculo. En primera instancia, podría tratarse de un anuncio que causa gracia; sin embargo, Indecopi dio a conocer que inició investigaciones a la empresa, ya que, a partir de la publicidad difundida en redes sociales, infringiría en el principio de adecuación social.
Según el artículo N°18 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, se incumple esta norma cuando la empresa incurre en un acto de discriminación u ofensa por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión o condición económica. En ese sentido, Indecopi indica que la publicidad de Adams sería sancionable, debido a que puede generar ciertas conductas sociales, en las que el público cometa actos ilegales o de discriminación.
Es por ello que Adams podría ser multado con hasta 700 UIT, que es equivalente a 3.010 millones de soles. Además, el ente regulador dio a conocer que está trabajando, junto al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el Ministerio de la Mujer, para realizar un diagnóstico sobre los estereotipos de género en el consumo y la publicidad.