Cada vez más peruanos generan ingresos en redes sociales mediante recomendaciones y contenido patrocinado. Sin embargo, esto también implica obligaciones con la Sunat.
Cada vez más peruanos optan por generar ingresos a través de redes sociales, ya sea recomendando productos o compartiendo contenido patrocinado.
Sin embargo, además de ganar dinero, tienen responsabilidades tributarias que cumplir con la Sunat, como explica Vinda Marotazo, miembro del equipo legal de Editorial Economía y Finanzas (EEF).
¿Cuándo se considera que una persona es influencer?
La Sunat considera influencer a cualquier persona con capacidad de influir en las decisiones de consumo de sus seguidores, independientemente del número de seguidores que tenga. Estos creadores deben pagar Impuesto a la Renta por sus actividades, y sus ingresos se clasifican generalmente como rentas de tercera categoría, aunque pueden analizarse casos de cuarta categoría según la proporción de capital y esfuerzo personal.
En cuanto al régimen tributario, los influencers pueden acogerse al Régimen MYPE Tributario si sus ingresos anuales no superan las 1,700 UIT (S/ 9’095,000). También deben inscribirse en el RUC, emitir comprobantes de pago válidos por sus servicios y registrar sus gastos, incluso cuando reciben productos en canje, que deben declararse como ingresos a valor de mercado.
La formalización es clave para evitar multas, que pueden alcanzar hasta 1 UIT (S/ 5,350) por infracción. Según Marotazo, muchos creadores desconocen estas obligaciones, pero cumplirlas es esencial para evitar problemas con la Sunat y garantizar una actividad sostenible.









