El organismo confirmó en segunda instancia una multa de 7,34 UIT contra la empresa por difundir información que generó una percepción equivocada sobre su producto «Torito Mega Millions».
El Indecopi emitió una sanción contra la empresa Nexlot por difundir mensajes publicitarios que inducían a error sobre las características de uno de sus servicios. La resolución 0027-2026/SDC-INDECOPI establece una multa total equivalente a 7,34 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que supera los S/40.000, además de ordenar el retiro inmediato de la publicidad cuestionada.
La decisión fue adoptada por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Indecopi, que actuó como segunda y última instancia administrativa dentro del proceso. Con esta resolución, el organismo concluyó el procedimiento iniciado tras una denuncia presentada por la Sociedad de Beneficencia de Huancayo.
Sanción de Indecopi a Nexlot: información clave omitida en la promoción del servicio
El caso giró alrededor de la promoción del producto denominado «Torito Mega Millions». Durante la investigación, la autoridad determinó que la publicidad generaba la impresión de que el servicio correspondía a una lotería nacional con un pozo propio, lo que no coincidía con el funcionamiento real del producto.
Según el análisis del organismo regulador, la empresa actuaba como intermediaria en la compra de boletos para participar en la lotería internacional Mega Millions. Los sorteos y la entrega de premios se realizan en Estados Unidos, un dato que el tribunal consideró esencial para que los usuarios comprendan la naturaleza del servicio.
La autoridad también revisó otros elementos difundidos en la comunicación comercial. Entre ellos, la afirmación de que la participación en la lotería solo podía realizarse desde territorio peruano. Sin embargo, durante el proceso se verificó que personas ubicadas en el extranjero también lograron acceder al servicio e incluso obtener premios, lo que contradijo la información difundida en los términos del producto.
Otro punto analizado por el tribunal fue el mensaje promocional que presentaba el pozo ofrecido como «algo nunca antes visto en Perú». La investigación determinó que esa afirmación no correspondía a la realidad del mercado, ya que desde al menos 2021 existían otros operadores que permitían adquirir boletos para la misma lotería internacional desde el país.
La empresa presentó un recurso de apelación contra la sanción inicial. No obstante, el tribunal del Indecopi confirmó la decisión y rechazó la solicitud de audiencia oral al considerar que el expediente ya contenía los elementos necesarios para resolver el caso.







