La reducción temporal estaría vigente desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2030. Esto quiere decir que durante ese tiempo las empresas tendrían que asumir un incremento del 1% en su impuesto a la renta.
En toda compra formal, el 18% es recaudado como Impuesto General a las Venta (IGV). El pasado 19 de mayo, el congresista Ilich López presentó junto a los parlamentarios integrantes de Acción Popular el Proyecto de Ley 11228-2024-CR, el cual busca reducir dicho porcentaje.
De esa manera, establece que para el año fiscal 2026 la tasa sea del 15%. Para el 2027 subiría al 16% y finalmente al 17% en el 2028. La reducción temporal estaría vigente desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2030. Esto quiere decir que durante ese tiempo las empresas tendrían que asumir un incremento del 1% en su impuesto a la renta como forma de compensar la reducción en el IGV.
Ahora, ¿qué va a pasar?
Esta semana, el Congreso aprobó en el Pleno del Congreso el texto sustitutorio propuesto por López y compañía, por lo que está a la espera de ser promulgado. Al respecto, Paola del Carpio, coordinadora de la Red de Estudios para el Desarrollo (Redes), declaró a Latina Noticias que los consumidores no van a pagar un porcentaje menor a 18% del IGV.
Por el contrario, la repartición interna de dicho porcentaje hacia el gobierno central va a pasar de 16% a 14%. En tanto, la asignación a las municipalidades pasa de 2% a 4%. Esto se va a aplicar de forma progresiva del 2026 al 2029.
“Planteamos una modificación de este reparto, es decir, se seguirá cobrando 18%, pero a partir del próximo año se distribuirá el 15.5% para el tesoro público y 2.5% para las municipalidades. El escenario parte del 2026 y termina en el 2029 con 14% para el IGV y el IPM subiría a 4%”, explicó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Raúl Pérez Reyes.